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AUH o SUAF: ¿Qué te corresponde si sos Monotributista? | Gestión Rápida
📌 Puntos Clave
- Como monotributista general, no podés elegir: te corresponde el SUAF (Asignación Familiar por Hijo).
- La AUH (Asignación Universal por Hijo) está destinada a trabajadores informales, desocupados y Monotributistas Sociales.
- Para cobrar SUAF, debés tener los pagos del Monotributo al día y estar en una categoría habilitada (A hasta la H).
- El monto a cobrar depende de la categoría del monotributo en la que te encuentres.
¿Cuál es la diferencia entre AUH y SUAF?
Una de las confusiones más comunes al iniciar actividades de forma independiente es no saber qué beneficio de ANSES corresponde cobrar. La regla general es sencilla: depende de tu situación laboral y de cómo estés registrado ante AFIP (ARCA).
La Asignación Universal por Hijo (AUH) es un beneficio pensado para proteger a los sectores más vulnerables. La cobran las personas desocupadas, trabajadores no registrados (en negro), empleados del servicio doméstico y quienes están inscriptos en el Monotributo Social.
Por otro lado, el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) es el mecanismo por el cual ANSES liquida y abona las asignaciones a los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y, muy importante, a los Monotributistas (del régimen general).
Soy Monotributista: ¿Qué cobro?
Si estás inscripto en el Monotributo General, pasás a formar parte del sistema formalizado. Por lo tanto, dejás de percibir la AUH y pasás a cobrar el SUAF. Este cambio es automático una vez que te das de alta en AFIP y los sistemas se cruzan con ANSES.
Requisitos para que el Monotributista cobre el SUAF
Para no tener problemas con el cobro mensual, es fundamental cumplir con dos condiciones básicas:
- Tener los datos actualizados en ANSES: Tus vínculos familiares (hijos, cónyuge) deben estar correctamente acreditados en Mi ANSES.
- Estar al día con el pago del Monotributo: Si te atrasás con la cuota mensual, ANSES suspenderá el pago de la asignación hasta que regularices tu situación.
Además, el pago se realiza mediante acreditación en una cuenta bancaria (CBU) que debes tener declarada a tu nombre en ANSES.